El exequátur en el ordenamiento peruano: Análisis del principio de reciprocidad y la eficacia de sentencias extranjeras
DOI:
https://doi.org/10.47796/derecho.v17i17.1368Palabras clave:
Exequátur, Sentencia Extranjera, Derecho Internacional Privado, Principio de Reciprocidad, Código Civil PeruanoResumen
En un contexto de globalización y crecientes relaciones internacionales, la eficacia extraterritorial de las sentencias judiciales es fundamental para la cooperación judicial internacional. Este artículo analiza la regulación del reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en el Perú, centrándose en el procedimiento de exequátur. Se examinan las distinciones doctrinales clave, como reconocimiento versus ejecución, y las tipologías de sentencias (declarativas, constitutivas y de condena). El estudio se enfoca críticamente en el principio de reciprocidad, establecido en el Código Civil peruano (Art. 2102 y 2104, inc. 8) como mecanismo supletorio ante la ausencia de tratados. Se argumenta que la exigencia de “probar la reciprocidad” genera inseguridad jurídica y problemas interpretativos, obstaculizando la tutela jurisdiccional efectiva. Finalmente, se postula la necesidad de que el Estado peruano adopte una política convencional activa, priorizando la celebración de tratados bilaterales que consagren una reciprocidad expresa y superen las ambigüedades del sistema actual.
