Evolución del derecho a guardar silencio en el proceso penal peruano: Del sistema inquisitivo a la garantía constitucional
DOI:
https://doi.org/10.47796/derecho.v17i17.1369Palabras clave:
Derecho a guardar silencio, principio de no autoincriminación, sistema inquisitivo, modelo acusatorio, Tribunal ConstitucionalResumen
El artículo analiza la evolución del derecho a guardar silencio en el proceso penal peruano, desde su origen en el sistema inquisitivo hasta su consolidación como garantía constitucional en el modelo acusatorio actual. En los códigos procesales del siglo XIX y XX, el silencio del imputado era considerado un indicio de culpabilidad, reflejando una visión autoritaria que priorizaba la confesión como medio principal de prueba. Con la promulgación del Código Procesal Penal de 2004, inspirado en el sistema acusatorio, se reconoció expresamente el derecho del imputado a no declarar contra sí mismo, prohibiéndose toda forma de coacción o interpretación negativa de su silencio. Asimismo, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema ha fortalecido este derecho, precisando que su ejercicio no constituye obstrucción ni puede usarse como indicio incriminatorio. Finalmente, el artículo identifica desafíos persistentes para su aplicación efectiva, como la permanencia de una cultura inquisitiva entre operadores de justicia, la falta de capacitación en derechos humanos y la necesidad de un control judicial más riguroso sobre la validez de las declaraciones. En conjunto, el estudio resalta la importancia del derecho a guardar silencio como pilar del debido proceso y expresión de la dignidad humana en el sistema penal peruano.
